Un tribunal federal de apelaciones determinó este martes que el presidente Donald Trump no puede invocar la Ley de Enemigos Extranjeros del siglo XVIII para deportar venezolanos de manera expedita, rechazando el argumento del gobierno de que Estados Unidos está amenazado por una «invasión foránea».
El fallo dividido 2-1 del panel de jueces de la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito, en Nueva Orleans, Luisiana, se conoció la noche de este martes y representa un duro revés para la política trazada por la administración Trump respecto a las deportaciones masivas de inmigrantes.
La decisión –un detallado documento de 185 páginas– es especialmente significativa tratándose del Tribunal de Apelaciones de Nueva Orleans, que es considerado el órgano más conservador entre todos los circuitos judiciales de la nación.
El panel de jueces dijo que no halló razones para que la Ley de Enemigos Extranjeros, de 1798, fuera aplicable en el caso de los inmigrantes acusados por la administración Trump de pertenecer al Tren de Aragua, la agrupación criminal que opera en Venezuela. El pasado febrero, el Departamento de Estado designó al Tren de Aragua como organización terrorista junto a seis carteles de narcotráfico de México y la pandilla Mara Salvatrucha (MS-13) de El Salvador.
«El hecho de que un país anime a sus residentes y ciudadanos a entrar ilegalmente en este país no es el equivalente moderno de enviar una fuerza armada y organizada para ocupar, perturbar o dañar de cualquier otra forma a Estados Unidos. No se ha determinado que esta inmigración masiva fuera una fuerza o fuerzas armadas y organizadas, ni representaran una invasión ni incursión depredadora», escribió el juez Leslie H. Southwick en referencia a las alegaciones del gobierno sobre supuestos miembros del Tren de Aragua que se encuentran en territorio estadounidense.
El juez Southwick es considerado una figura de raigal filosofía conservadora. Sirvió en la Reserva del Ejército de Estados Unidos y en la Guardia Nacional de Mississippi (1997-2008), y ocupó el cargo de juez auditor del Ejército Estados Unidos antes de ser nominado para el Quinto Circuito por el presidente George W. Bush en 2007. El otro juez que respaldó el fallo fue Irma Carrillo Ramirez, nombrada por Joe Biden en 2023.
La decisión del caso es una poderosa clave para fijar jurisprudencia sobre la manera en que los tribunales evaluarán el uso de la poderosa legislación del siglo XVIII para tiempos de guerra, la cual rara vez se invoca para deportar inmigrantes.
El precedente jurídico que sienta el fallo va a resultar determinante para posteriores decisiones de la administración a la hora de proceder con deportaciones esgrimiendo estados de excepción o emergencia en el país, aunque los jueces del Quinto Circuito insistieron en que la orden de este martes aplica únicamente al uso de la Ley de Enemigos Extranjeros y no impediría que el gobierno recurra a otros medios legales para expulsar a terroristas extranjeros de Estados Unidos.
“Esta es una enorme victoria para el estado de derecho, pues deja claro que el presidente de Estados Unidos no puede simplemente declarar una emergencia militar y luego invocar las facultades que desee”, dijo el abogado Lee Gelernt, quien representó el caso en nombre de la Asociación Americana de Libertades Civiles (ACLU).
En una opinión discrepante, el juez Andrew Oldham reprendió a sus dos colegas por cuestionar la determinación de Trump respecto a la supuesta invasión extranjera.
«Eso contraviene más de 200 años de precedentes legales. Y transforma al poder menos peligroso en cruzados con toga que pueden actuar como comandantes en jefe», escribió Oldham, quien fue nombrado por Trump en 2018.
El caso se remonta a una previa decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos, que el pasado abril impidió temporalmente que Trump procediera a deportar a los inmigrantes venezolanos mientras las demandas que impugnaban el uso de las facultades en tiempos de guerra por parte de la administración y su Departamento de Seguridad Nacional (DHS) se tramitaban en tribunales inferiores, incluyendo el caso del Quinto Circuito.
Tras la determinación de la Corte Suprema, los inmigrantes venezolanos que entonces habían recibido notificaciones de expulsión inminente fueron devueltos a un centro de detención en Texas tras la orden del Tribunal Supremo.
En mayo, el Tribunal Supremo mantuvo la suspensión de las deportaciones y devolvió el asunto al Quinto Circuito, solicitando a los jueces de apelación que consideraran si el uso de la Ley de Enemigos Extranjeros era legal en este caso, y qué tipo de advertencia debía darse antes de expulsar a inmigrantes en virtud de esa ley.
En una de sus más controversiales proclamas ejecutivas, el pasado marzo, Trump invocó los poderes de la Ley de Enemigos Extranjeros para detener y deportar a decenas de inmigrantes que supuestamente eran miembros del Tren de Aragua y representanban un peligro para la seguridad nacional.
La legislación solo se había utilizado tres veces en la historia de Estados Unidos –todas ellas en períodos de guerra– y la forma en que se implementó trajo de inmediato dudas sobre si estaba cumpliendo al pie de la letra con la intención primigenia del texto.
En otro contundente golpe legal contra la política migratoria de la administración Trump, la pasada semana un juez federal de Maryland rechazó la demanda interpuesta por el Departamento de Justicia para proceder con las deportaciones masivas sin que los inmigrantes afectados tengan derecho a revisar sus casos.
FALLO DEL TRIBUNAL DE APELACIONES DEL QUINTO CIRCUITO EN NUEVA ORLEANS, LUISIANA