Represión intacta en Cuba: Condenado el periodista José Gabriel Barrenechea a seis años de prisión

El Tribunal Provincial de Villa Clara dictó sentencia este jueves contra Barrenechea y otros cinco acusados por cometer desórdenes públicos durante una manifestación pacífica en contra de los apagones en la localidad de Encrucijada.

El periodista José Gabriel Barrenechea fue condenado este jueves a seis años de privación de libertad por el tribunal provincial de Villa Clara bajo acusaciones de protagonizar una protesta pacífica frente a edificios gubernamentales en la localidad de Encrucijada.

La Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal villaclareño anunció la sentencia contra Barrenechea y otros cinco acusados en la misma causa por cometer desórdenes públicos durante una manifestación convocada ante las sedes del Partido Comunista y el gobierno municipal de Encucijada en medio de un apagón, el 7 de noviembre de 2024. Las sanciones oscilan entre ocho años de cárcel y tres años de trabajo correccional.

De acuerdo a la sentencia, los acusados se aglomeraron junto a unas 300 personas que pedían la restitución del fluido eléctrico frente a los edificios gubernamentales y comenzaron a tocar objetos metálicos, lo que no solo «perturbó la tranquilidad pueblerina» sino también entorpeció el tránsito de los vehículos por el lugar y afectó la seguridad de la población.

Después de 10 meses de arresto en la Prisión La Pendiente, en Santa Clara, el juicio contra Barrenechea y los restantes acusados en la causa 82/2025 se celebró el pasado 24 de septiembre.

La información y la sentencia fueron obtenidas por CaféFuerte gracias a la gestión de la periodista independiente Yania Suárez, quien ha seguido de cerca el caso de Barrenechea, arrestado desde el 8 de noviembre de 2024.

«Josè Gabriel se manifestó pacíficamente en Encrucijada frente a la sede de PCC debido a un largo corte de electricidad. Del carácter pacífico de su protesta dan cuenta testigos y un vídeo donde aparece pidiendo a la gente ecuanimidad y cooperación para escuchar a la autoridad que en ese momento se les dirigía. Todos los acusados de Encrucijada tuvieron un comportamiento pacífico», escribió Suárez.

La periodista advirtió que publicar esta sentencia ahora no debe tomarse a la ligera. «Es un mensaje del régimen a aquellos que creen que van a debilitar en algo su índole autoritaria mediante amenazas, o por la opinión pública o por el destino incierto de Venezuela», dijo.

El caso de Barrenechea cobró resonancia en medios internacionales, pues su detención coincidió con el agravamiento de la salud de su anciana madre, Zoila Chávez Pérez, enferma de cáncer, quien finalmente falleció en mayo de 2025 sin poder cumplir su último deseo de despedirse de su hijo antes de morir.

Durante esta semana circularon versiones, dentro y fuera de Cuba, sobre la posibilidad de que el gobierno cubano decidiera liberar a varios presos políticos y detenidos por causas como desacato y desorden público, a tono con las excarcelaciones de prisioneros en Venezuela y Nicaragua.

Pero la respuesta del régimen de Miguel Díaz-Canel ha sido recrudecer el discurso de barricada y exaltar las consignas de resistencia interna en respuesta al ataque militar estadounidense a Venezuela para capturar a Nicolás Maduro, con un saldo de 32 oficiales y soldados cubanos muertos.

Las sanciones dictadas este jueves por el Tribunal Provincial de Villa Clara, en todos los casos por el único delito de desórdenes públicos y con abono de la prisión preventiva sufrida desde noviembre de 2024, fueron las siguientes:

JOSE GABRIEL BARRENECHEA CHAVEZ, seis años de privación de libertad.

RODEL BARBARO RODRIGUEZ ESPINOSA, cinco años de privación de libertad.

YUNIESKY LORENCES DOMINGUEZ, tres años de trabajo correccional sin internamiento.

YANDRI TORRES QUINTANA, ocho años de privación de libertad.

RAFAEL JAVIER CAMACHO HERRERA, siete años de privación de libertad.

MARCOS DANIEL DIAZ RODRIGUEZ, cinco años de limitación de libertad.

Los abogados de la defensa, mantuvieron durante todo el proceso y ratificaron en las conclusiones su inconformidad con los hechos narrados y con la calificación delictiva contra sus respectivos clientes, solicitando se dictara sentencia absolutoria en consideración a que no cometieron delito alguno.

La sentencia es susceptible de recurso de apelación ante la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado dentro de los 10 días siguientes al de su notificación.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL PROVINCIAL DE VILLA CLARA/ CAUSA 82 DE 2025

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