Un juez federal ordenó al Departamento de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) la reanudación inmediata del procesamiento de las residencias permanente (LPR) de solicitantes procedentes de países afectados por la prohibición de viaje de Donald Trump.
El juez federal George L. Russell III, del tribunal de distrito de Maryland, dictaminó que es ilegal la suspensión indefinida de los procesos para otorgar la tarjeta de LPR, y señaló que la agencia debe tomar una decisión sobre todos los casos presentados.
“Si bien USCIS se reserva el derecho de conceder o denegar una solicitud, no puede mantenerla en suspenso indefinidamente sin procesarla. Se debe tomar una decisión (…) USCIS no tiene la discrecionalidad de no adjudicar en absoluto», escribió Russell III en un extenso fallo de 39 páginas, publicado este lunes.
Aunque la decisión beneficia estrictamente a un grupo de 83 personas que interpuso una demanda contra la administración Trump por la pausa indefinida de sus solicitudes, el caso podría sentar un precedente para centenares de inmigrantes afectados por las mismas restricciones, entre ellos numerosos cubanos.
Cientos de peticiones de residencia de inmigrantes cubanos están pausadas por largo tiempo, incluso algunas por más de dos años. La mayoría de las solicitudes están avaladas por la Ley de Ajuste Cubano (CAA), pero USCIS esgrime que están siendo sometidas a un riguroso escrutinio de veriticación de datos.
La orden judicial no garantiza la aprobación de las solicitudes pendientes, pero exige que USCIS no deje a los peticionarios en un limbo indefinido.
Es altamente probable que USCIS apele la decisión a un tribunal superior.
«USCIS ha suspendido todas las adjudicaciones para extranjeros procedentes de países de alto riesgo, mientras trabaja para garantizar que todos los extranjeros de dichos países sean sometidos a la máxima verificación y escrutinio posibles», dijo la agencia en un comunicado. «La pausa permitirá realizar un examen exhaustivo de todas las solicitudes de beneficios pendientes de extranjeros procedentes de los países designados como de alto riesgo. La seguridad del pueblo estadounidense siempre es lo primero».
El congelamiento de los procesos de LPR se produjo tras la orden ejecutiva de Trump, en diciembre de 2025, que enlistó un total de 39 países cuyos ciudadanos estarían parcial o completamente bloqueados para viajar a Estados Unidos, lo que detuvo también la tramitación de las peticiones de beneficios migratorios a los nacionales de esos países. Cuba y Venezuela aparecen en un grupo de naciones sancionadas con restricciones parciales de sus ciudadanos para ingresar a territorio estadounidense.
El juez rechazó el argumento del gobierno de que el tribunal carecía de autoridad para intervenir en este asunto, señalando que solo estaba ordenando que “las solicitudes se procesaran y que se emitieran decisiones en un plazo razonable”.
La organización Project Pause Unpause, que impugna la suspensión prolongada de los casos de residencia permamente, considera que USCIS recibió más de mil millones de dólares por concepto de pago de soliciitudes que nunca fueron procesadas.
Miles de inmigrantes legales han visto sus solicitudes congeladas indefinidamente y no han podido ni renovar siquiera su autorización de trabajo ni avanzar con sus casos pendientes.
Otro fallo adverso para Trump
El fallo emitido por Russell III, nominado por Barack Obama en 2012, se suma a otro revés casi simultáneo dictado por un tribunal federal de apelaciones en Washington, que el pasado viernes decidió que el presidente Trump no puede utilizar una proclamación ejecutiva para prohibir a los inmigrantes solicitar asilo en la frontera de México.
El Tribunal de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia dictaminó por 2-1 que Trump se había excedido en su autoridad ejecutiva, y que no puede transgredir la Ley Nacional de Inmigración (INA) impidiendo a las personas solicitar asilo, incluso si cruzan la frontera ilegalmente.
“Denegar el asilo de forma indiscriminada, sin ninguna información sobre las personas afectadas, ignora necesariamente todo riesgo de persecución que enfrentan si son obligadas a regresar a sus países de origen. Por lo tanto, la decisión impugnada niega necesariamente el asilo incluso a personas extranjeras que seguramente enfrentarán persecución sin él”, señaló la opinión mayoritaria, suscrita por las juezas Michelle Childs y Cornelia Pillard.
El dictamen del Tribunal de Apelaciones de Washington de DC ratificó un fallo previo de un tribunal inferior, lo que significa que la administración tendría que llevar el caso a la Corte Suprema si decide apelarlo.
Por lo pronto, no está esclarecido si las autoridades estadounidenses comenzarán a implementar la orden judicial y permitir que las personas que llegan a la frontera puedan someterse a entrevistas de protección por miedo creíble, o a evaluaciones de sus casos bajo la Convención contra la Tortura, sorteando así la deportación expedita.