
Por Redacción CaféFuerte
El gobierno cubano implantó este miércoles nuevas regulaciones para el trabajo por cuenta propia, con la imposición de elevadas multas, prohibición de licencias y decomiso de materiales a quienes infrinjan la legislación vigente sobre la actividad privada en el país.
El Decreto-Ley 315 del Consejo de Estado, firmado Raúl Castro, actualiza las leyes establecidas para el cuentapropismo en el 2010 e incorpora como infracciones muy graves la prestación de actividades no expresamente autorizados, la comercialización y elaboración de artículos y materias primas prohibidos o de procedencia ilícita, y no estar inscrito en el Registro de Contribuyentes de la Oficina Nacional de Administración Tributaria para el pago de impuestos.
El documento, con fecha del 4 de octubre del 2013, aparece hoy en una edición extraordinaria de la Gaceta Oficial. Las medidas entrarán en vigor de inmediato.
Aunque no se menciona específicamente, la prohibición está dirigida a los establecimientos de venta de ropa y las salas de cine 3D que proliferaron en La Habana y otras ciudades del país por los últimos dos años, y que obligaron al cierre forzoso de los locales por decisión gubernamental.
Multas fijas
El listado de 21 infracciones muy graves y graves sobre la actividad no estatal incluye además arrojar desechos en lugares inadecuados o disponer de ellos durante la actividad comercial, incumplir las normas higiénicas, emplear menores de 17 años y comercializar especies vivas, muertas o transformadas de la flora y la fauna silvestres que estén bajo prohibición.
La cuantía fijada para las multas será fija en correspondencia con la gravedad de la infracción y desaparecen los rangos mínimos y máximos que funcionaron hasta ahora. Los montos serán de $1,500 pesos cubanos (CUP) para las violaciones muy graves y de $700 CUP para las graves, es decir, entre $62 y $30 dólares al cambio oficial.
Si el infractor paga la multa dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación, el importe quedará reducido a la mitad, aunque se excluyen de este beneficio los reincidentes en violaciones muy graves.
Advertencia de decomisos
Respecto al decomiso de instrumentos, herramientas y materias primas, se aplicará por las autoridades “en caso de que se demuestre que son dañinas para la salud o [son] de procedencia ilícita”.
Las infracciones pueden ser penalizadas por los inspectores y supervisores estatales y provinciales, y agentes de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) designados por los jefes de unidades. Los infractores tendrán un plazo de 20 días hábiles para apelar la decisión.
La regulación elimina restricciones que quedaron obsoletas mediante otras normas legislativas en funciones, como vender en moneda extranjera o en pesos convertibles sin previa declaración, prestar servicios o comercializar productos con entidades estatales sin estar autorizados y ejercer sus actividades comerciales en una provincia diferente adonde el cuentapropista aparece inscrito.
Las cifras oficiales sitúan en 444,109 los cuentapropistas registrados hasta fines del 2013, un 26 por ciento de ellos mujeres y 32 por ciento jóvenes,
Vea el texto completo del DecretoLey 315 en la Gaceta Oficial:
[gview file=»http://cafefuerte.com/wp-content/uploads/2014/01/AjusteCuentaPropismo.pdf»]