Entran en vigor severas sanciones contra choferes ebrios en Cuba

Entran en vigor severas sanciones contra choferes ebrios en CubaUn nuevo código vial, con sanciones más severas para los choferes ebrios, entra en vigor este miércoles en Cuba, donde los accidentes de tránsito constituyen la quinta causa de las muertes.

El reglamento -que constituye la Ley 109 aprobada en agosto de 2010 por el Parlamento- establece la retención temporal de la licencia y de las placas de identificación del vehículo por un período de entre un mes y un año para los conductores ebrios reincidentes.  Si estos siguen violando la ley durante ese período o en los dos años siguientes, pueden enfrentar el decomiso del automóvil.

La implementación de pruebas de alcoholemia a los conductores es una de las novedades incluidas en el reglamento. Los niveles admisibles de alcohol deben ser determinados por el Ministerio de Salud Pública, pero reportes de la prensa oficial indican que el límite permisible sería de 0,4 gramos por litro (g/l).

Los conductores tendrán derecho a realizarse una segunda prueba si están en desacuerdo con el primer resultado.

Cuando un conductor cometa una infracción de tránsito bajo los efectos del alcohol, se le duplicará la multa y si se trata del chofer de un vehículo estatal, de carga o de pasajeros,  como sanción adicional se le suspenderá la licencia de conducción.

El código establece un sistema  para que el chofer infractor pueda disminuir los puntos negativos acumulados y el tiempo de su sanción mediante un examen teórico-práctico. Las infracciones relacionadas con intoxicación por bebidas alcohólicas están exceptuadas.

El 42 por ciento de los 2,312 conductores cubanos fallecidos entre 2005 y 2010 estaba bajo los efectos del alcohol, de acuerdo con estadísticas oficiales.

De estos, 903 tenían un g/l o más en sangre, y la cuarta parte de esa cifra presentaba cantidades superiores al doble de esa medida.

En 11,410 chóferes vivos sometidos a controles de tránsito por muestreo o por estar directamente involucrados en accidentes,  el 41 por ciento de ellos manejaba tras haber bebido recientemente, indicó la investigación.

Mano dura con choferes sin licencia

Quienes manejen sin licencia de conducir pueden ver su vehículo remolcado, o decomisado en el caso de los reincidentes.

El código prohíbe además la transportación en bicicleta de menores de 12 años, excepto cuando se haga fuera de zonas o lugares de recreación, repartos residenciales o vías de poco tránsito en perímetros urbanos o rurales.

Tampoco se podrá transportar menores en el asiento delantero de los vehículos. Los menores de dos años no podrán viajar sin acompañamiento de un adulto o «aditamentos especiales», es decir, asientos para bebés.

Se prohibirá además conducir con una sola mano sobre el volante, conversar con otra persona si se conduce un vehículo de transporte público o  de pasajeros, usar equipos de audio «a un volumen que moleste o pidan la debida concentración en la conducción», y emplear teléfonos, medios audivisuales o informáticos que distraigan al conductor.

Tampoco se pemitirá circular a vehículos de tracción animal entre el atardecer y el amanecer -a menos que obtengan permiso especial.

El reglamento -con más de 50 prolijos artículos- contempla la autorización de escuelas privadas de conducción y educación vial.

En 2009 ocurrieron en Cuba 10,371 choques de tránsito, que causaron 742 muertes y dejaron 7,477 lesionados, de acuerdo con la Oficina Nacional de Estadísticas.

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