Tribunal de Apelaciones anula decisiones sobre casos de I-220A y ordena nueva revisión legal

El fallo del tribunal del Onceno Circuito en Atlanta demora una solución definitiva para miles de cubanos atrapados en un limbo legal, pero deja abierta una compuerta sobre la elegibilidad por vía de la Ley de Ajuste (CAA).
Tribunal de Apelaciones del Onceno Circuito, en Atlanta.

En un fallo considerado como un favorable paso procesal, el Tribunal de Apelaciones del Onceno Circuito en Atlanta anuló este lunes las decisiones de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) sobre dos ciudadanas cubanas con I-220A y devolvió ambos casos al organismo administrativo para que proceda a una nueva revisión legal.

“Tras revisar el expediente y con el beneficio de los argumentos orales, concluimos que tenemos jurisdicción sobre el asunto, anulamos las órdenes de BIA en ambos casos y remitimos los expedientes para procedimientos posteriores”, dijo el tribunal federal en un dictamen de seis páginas.

El veredicto responde a una apelación presentada por Mark Prada, abogado de Miami, durante una audiencia especial, el pasado diciembre. La decisión del panel de jueces de Atlanta era ansiosamente esperada por miles de beneficiarios del documento I-220A, con la esperanza de que pudiera permitirles encaminar sus solicitudes de residencia permanente bajo la Ley de Ajuste Cubano (CAA).

El tribunal consideró esencial el criterio de admisión practicado con los inmigrantes con I-220A, y observó que el gobierno ha cambiado su postura respecto a los estatutos que debieron regir la detención y el procesamiento de los peticionarios.

Por lo tanto, el gobierno evidenció inconsistencias a la hora de registrar a los inmigrantes y procesarlos sin un criterio firme sobre el estatuto de admisión, que luego les impediría obtener el beneficio migratorio.

De manera que el fallo deja abierta la discusión legal sobre la admisión bajo el documento I-220A y la posibilidad de que sus beneficiarios puedan ser elegibles para ajustar el estatus mediante la CAA a partir de una evaluación particular de cada caso.

También pudiera influir en nuevos enfoques legales en torno a las solicitudes de fianza y los recursos de Habeas Corpus, temas que están en el centro de las decisiones de los tribunales en virtud de las exigencias de la política migratoria de la actual administración.

El fallo del Onceno Circuito observó además que el gobierno ha sido impugnado en al menos 362 casos similares en tribunales federales de distrito, y 350 de ellos –decididos por más de 160 jueces– han resuelto este mismo problema contra el gobierno.

Por ello, la reconsideración de BIA deberá tomar en cuenta las incongruencias del proceso de admisión y pudiera aplicar un criterio jurídico desde una interpretación más amplia de la ley.

Pero el dictamen de este lunes no es concluyente sobre ninguna de las provisiones legales que podrían resolver de inmediato el limbo migratorio para más de 300 mil cubanos con I-220A. Ni permite convertir automáticamente el I-220A en parole ni ofrece garantías de que todos sus beneficiarnos puedan obtener la residencia permanente.

“No es la decisión que queríamos, pero hemos ganado varios puntos en esta batalla», dijo Prada tras conocer el fallo. “El Onceno Circuito rechazó el criterio de BIA que una persona con I-220A no es elegible para Ajuste Cubano, y ninguno de los argumentos del gobierno fue aceptado”.

Prada manifestó que al declarar jurisdicción sobre los casos asociados a la demanda, se abre un abanico legal para una demanda colectiva pendiente en una corte federal en el sur de Florida.

“Esta es una lucha larga, hay mucho que hacer y tenemos muchas piezas en movimiento”, declaró el abogado, que recordó queda aún pendiente la decisión sobre otro caso de I-220A en el Tribunal de Apelaciones de Nueva York.

La decisión de Atlanta afecta solamente a personas con I-220A que estén radicadas en los estados de Florida, Georgia y Alabama.

FALLO DEL TRIBUNAL DE APELACIONES DEL ONCENO CIRCUITO EN ATLANTA/ FEBRERO 2026

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