Cuba autoriza pagos estatales en moneda convertible a cuentapropistas

Trabajadores por cuenta propia podrán cobrar sus servicios en moneda convertible a entiidades estatales.
Trabajadores por cuenta propia podrán cobrar sus servicios en moneda convertible a entiidades estatales.
Por Redacción CaféFuerte

En un nuevo paso en el reordenamiento económico y financiero del país, el gobierno cubano permitirá que las empresas e instituciones estatales puedan contratar y pagar en moneda convertible los servicios de trabajadores privados.

De acuerdo con  sendas resoluciones del Ministerio de Economía y Planificación, y el Banco Central de Cuba -publicadas este jueves en la Gaceta Oficial Extraordinaria- se autorizará “el pago en pesos convertibles (CUC) de personas jurídicas a naturales en determinados casos que aconseja la realidad actual”, indica una información aparecida en el diario Granma.

La publicación afirma que en todos los casos los montos requeridos para realizar los pagos deberán estar aprobados en los presupuestos y planes para el año fiscal de las personas jurídicas, lo que condiciona que las cantidades a pagar no estén limitadas por decisiones administrativas.

La nueva medida autoriza el pago en CUC por los servicios de alimentación que ofrezcan los cuentapropistas a entidades radicadas en el territorio nacional. También las entidades presupuestadas y las personas jurídicas del sistema del turismo podrán contratar servicios a trabajadores privados con la opción de  efectuar pagos en CUC.

Las disposiciones, fechadas el 7 de febrero, entrarán en vigor de inmediato.

La información agrega que se permitirá a las entidades contratar servicios de reparaciones menores, plomería u otras actividades de acuerdo con un criterio de eficiencia del proveedor.

En el resto de los servicios no autorizados a pagar en CUC, así como para la contratación de productos, incluyendo las ventas directas de productos agropecuarios, las entidades del sistema del turismo ejecutarán l;os pagos en pesos cubanos (CUP).
Se apliocará el mismo sistema establecido por el Ministerio de Finanzas y Precios para las ventas directas de los productores agropecuarios a las entidades del sector turístico.

No pueden ser en efectivo

Igualmente, se abre la posibilidad de incorporar el pago en CUC en el caso de experimentos que se aprueben como nuevas formas de gestión.

El único requerimiento es que los pagos no pueden realizarse en efectivo, sino empleando cheques, tarjetas, pagarés, letras de cambio, cartas de crédito local y otros instrumentos financieros.

«No es esta una medida casual y mucho menos aislada», dijo Marta García Pino, especialista del Grupo de Políticas Macroeconómicas de la Comisión Permanente para la Implementación y el Desarrollo, citada por el diario.

La funcionaria explicó que el fortalecimiento del trabajo por cuenta propia y la creación de otras formas de gestión no estatal ha hecho necesario modificar los límites establecidos para el pago a personas naturales por parte de los organismos estatales.

El MEP determinó las actividades o servicios que podrán ser pagados en CUC a un trabajador por cuenta propia por una persona jurídica.

Las disposiciones se suman al marco legal que el gobierno ha emitido desde el 2010, cuando se amplió el ejercicio del cuentapropismo a más de 180 actividades laborales.

Actualmente el país cuenta con unos 400,000 trabajadores por cuenta propia en todo el país.

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