Tribunal de EE.UU absuelve por “trastornos mentales” a atacante de embajada cubana en Washington

El cubano Alexander Alazo fue declarado no culpable por el ataque perpetrado contra la sede diplomática cubana en 2020, pero permanecerá bajo custodia de las autoridades estadounidenses.

Tribunal de EE.UU absuelve por “trastornos mentales” a atacante de embajada cubana en Washington
Imagen de Alexander Alazo durante el ataque a la sede diplomática de Cuba en Washington DC. Foto: Departamento de Justicia.

Un tribunal federal de Estados Unidos declaró no culpable por razones mentales a Alexander Alazo Baró, atacante a balazos de la embajada de Cuba en Washington hace cuatro años.

Después de un prolongado proceso legal que incluyó varias evaluaciones médicas, la jueza Amy Berman Jackson ordenó la absolución de Alazo, de 46 años, de los cuatro cargos que pesaban en su contra por perpetrar el ataque con un fusil AK-47 contra la sede diplomática, el 30 de abril de 2020, aunque deberá permanecer en custodia de las autoridades estadounidenses hasta una audiencia posterior para determinar su destino.

“El tribunal declaró al acusado inocente de los cargos Uno, Dos, Tres y Cuatro únicamente por razón de locura, y determinó que el acusado debe ser hospitalizado para un tratamiento psiquiátrico o examen psicológico que determine si presenta un riesgo sustancial de lesiones corporales a otra persona o de daños graves a cualquier propiedad de otro, debido a su enfermedad o daño mental presente”, escribió la jueza Berman Jackson en un dictamen de cuatro páginas.

El fallo del tribunal está basado en el dictamen realizado por el doctor Paul Montalbano, siquiatra del Centro de Tratamiento Correccional en el Distrito de Columbia, quien determinó que el «en el momento de la comisión de los actos constitutivos del delito, el acusado, como resultado de una enfermedad o deficiencia mental, se encontraba en un estado de salud mental grave y era incapaz de apreciar la naturaleza y magnitud ilícita de sus actos”.

Teniendo en cuenta las consideraciones del estado mental del acusado, la jueza ordenó además que Alazo quede bajo custodia de la Oficina Federal de Prisiones hasta el momento que sea elegible para ser liberado.

Asimismo, la orden judicial dispuso que Alazo:

  • Quede confinado por un período razonable, no mayor de 45 días, bajo la custodia del Fiscal General para su internamiento en un centro adecuado.
  • El Servicio de Alguaciles de Estados Unidos deberá mantener la custodia del acusado hasta que se haya designado un centro médico que determine el Negociado Federal de Prisiones. En caso de que Alazo no pueda ser trasladado de inmediato a un centro adecuado, determinado por la Oficina Federal de Prisiones, el tribunal recomienda qie permanezca en el Centro de Tratamiento Correccional, donde actualmente está recibiendo atención médica y sicológica.
  • El examinador debe presentar un informe psiquiátrico o psicológico ante el tribunal en una audiencia fijada para el 1 de julio de 2024, a las 9:30 a.m.

El fallo fue emitido el pasado 1 de mayo, luego de una audiencia decisiva en el caso, en la cual Alazo prestó juramento y renunció a su derecho a un juicio con jurado aceptando su no culpabilidad a causa de la demencia dictaminada.

Previa a esa audiencia, la jueza había enviado un mensaje de emergencia a ambas partes para poner punto final a un caso que estuvo sometido a incesantes prórrogas y cambios de fecha. Alazo permanece en prisión preventiva desde su detención, el 30 de abril de 2020.

“(… ) El expediente está lleno de situaciones en las que el abogado defensor no respondió con prontitud a consultas que simplemente pedían su disponibilidad, así como a repetidas solicitudes de prórroga de las fechas que se habían fijado originalmente con concurrencia de los abogados. Es hora de que este caso pase al primer plano y de que las partes inviertan el tiempo necesario para llevarlo a una conclusión justa”, escribió la jueza.

La decisión judicial fue fustigada de inmediato por el gobierno cubano a través de una declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX), titulada “Estados Unidos continúa protegiendo terroristas”.

“La decisión tomada traslada un peligroso mensaje de impunidad para quienes se propongan tomar acciones violentas contra sedes diplomáticas en la ciudad de Washington”.”, indicó la extensa nota oficial.

La declaración del MINREX recordó que el pasado 24 de septiembre un individuo lanzó dos cocteles molotov sobre la cerca perimetral de la embajada de Cuba en Washington y contra la fachada delantera de esa instalación. No ha habido aún ninguna información adicional ni acción legal en este caso.

“Estos hechos terroristas son resultado directo de la política y del discurso agresivo del gobierno de los Estados Unidos contra Cuba, de la permanente instigación a la violencia y el odio de políticos estadounidenses y grupos extremistas anticubanos”, agregó el texto, que alegó una “politización” del caso por parte del gobierno estadounidense.

Organizaciones radicadas en Estados Unidos y defensoras del régimen cubano, como Puentes de Amor y National Network of Solidarity with Cuba (NNOC), salieron de inmediato a secundar la postura del MINREX y condenaron el fallo del tribunal de Washington DC.

Jueza federal Amy Berman Jackson. Foto: Departamento de Justicia.

Las alegaciones del régimen cubano y sus acólitos obviaron mencionar que Berman Jackson es una jueza titular, considerada entre las más calificadas profesionalmente en el país. De pensamiento liberal y origen judío, fue nombrada en el puesto por el presidente Barack Obama en 2011, y tuvo aprobación unánime por el Senado. En su ejecutoria ha tenido a cargo decisiones judiciales de gran trascendencia, como los casos de la Arquidiócesis de Washington contra el Departmento de Salus y Servicios Públicos por la cobertura de contracepción bajo Obamacare, la demanda contra Hillary Clinton por los sucesos de Benghazi, y las condenas en las acusaciones delictivas contra Paul Manafort y Roger Stone.

La magistrada Berman Jackson ha sido duramente crítica con acusados envueltos en la revuelta del Capitolio de Estados Unidos el 6 de enero de 2021. “Usted se llamó a sí mismo y a todos los demás patriotas, pero eso no es patriotismo», le dijo al acusado Karl Dresch. «El patriotismo es lealtad a la patria, lealtad a la Constitución, no lealtad a un jefe de Estado. Esa es la tiranía que rechazamos el 4 de julio [de 1776]»

Las obsesiones de Alazo

El caso de Alazo estremeció la capital de Estados Unidos y acaparó titulares cuando en horas de la madrugada del 30 de abril de 2020 atacó con un fusil AK-47 la sede diplomática cubana y realizó 32 disparos contra el edificio antes de lanzar el arma y arroparse en una bandera estadounidense.

El Departamento de Justicia presentó cargos federales en su contra por atacar de forma violenta un local oficial con un arma mortal; portar un arma peligrosa; lesionar o dañar intencionadamente bienes pertenecientes u ocupados por un gobierno extranjero; transporte interestatal un arma de fuego y municiones con intención de cometer un delito grave; y blandir y descargar un arma de fuego durante un delito violento.

De ser hallado culpable, podría haber encarado una sentencia de 10 años de cárcel y una multa de $250 mil dólares.

Pero durante la preparación de expediente judicial emergieron envidencias de que se trataba de un hombre con trastornos mentales de larga evolución.

Alazo vivía obsesionado con delirios de persecución y pensaba que un grupo armado procedente de Cuba vendría a matarlo delante de su familia, según declaraciones de su esposa, la enfermera cubana Marianys Alazo Delgado. El matrimonio cambió de vivienda con frecuencia y pernoctó en hoteles y vehículos por las visiones atormentadas de Alazo, que aseguraba que el gobierno cubano estaba tras sus pasos.

La pareja se casó en 2011 y residía con sus dos hijos pequeños y la madre de Alazo en Middletown, Pennsylvania.

En marzo de 2020, un mes antes del tiroteo, Alazo había sido admitido en un hospital psiquiátrico, donde fue diagnosticado por trastorno delirante y se le recetó medicación. Luego del alta médica, procedió a adquirir el rifle AK-47, que mantuvo consigo desde entonces como un arma de protección.

Alazo emigró hacia México con una visa religiosa en 2003 y cuatro años después se refugió en Estados Unidos tras cruzar la frontera por la zona de Texas y solicitar asilo político a las autoridades estadounidenses. Regresó a Cuba en 2014 y comenzó a realizar prédicas en una iglesia evangélica, pero dijo haber recibido amenazas y se vio obligado a retornar a Estados Unidos.

Las autoridades cubanas aseguran que Alazo viajó en ocho ocasiones a la isla hasta 2015 y recibió siempre asistencia consular sin ninguna dificultad en su relación con los representantes gubernamentales de su país de origen.

Durante los interrogatorios policiales que siguieron a su arresto, Alazo confesó que si el entonces embajador cubano José Ramón Cabañas u otro funcionario hubiera salido del edificio les habría disparado, porque los consideraba sus enemigos.

También el MINREX denunció entonces presuntos vínculos de Alazo con una iglesia cristiana, líderes políticos y activistas del sur de la Florida que mantienen una postura hostil hacia el régimen cubano. Pero nunca se presentaron pruebas documentales ni testimonios de las supuestas conexiones del asaltante con grupos violentos o personalidades cubanoamericanas, como el senador Marco Rubio.

FALLO DEL TRIBUNAL FEDERAL SOBRE ALEXANDER ALAZO:

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