Tribunal de apelaciones revierte multa de $439 millones contra cruceros por usar propiedades confiscadas en Cuba

La decisión del Tribunal del Onceno Circuito en Atlanta constituye una victoria significativa para las compañías de cruceros y pone otra vez en solfa la viabilidad de las demandas al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton.

Tribunal de apelaciones revierte multa de $439 millones contra cruceros por usar propiedades confiscadas en Cuba
Un crucero de la compañía Carnival atracado en el puerto de La Habana. Foto: Cruise Industry News.

En una trascendental decisión para los reclamos bajo la Ley-Helms-Burton, un tribunal de apelaciones de Estados Unidos revirtió una orden impuesta a cuatro compañías de cruceros para que pagaran una millonaria multa por el uso de una propiedad confiscada en el puerto de La Habana en 1960.

En un fallo de 42 páginas, un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones del Onceno Circuito, en Atlanta, dio marcha atrás a un dictamen previo de la jueza federal Beth Bloom que obligaba a pagar $439 millones de dólares Carnival, MSC SA, Royal Caribbean y Norwegian por considerar que incurrieron en acciones ilegales durante sus viajes a Cuba entre 2015 y 2019.

El fallo del panel, divulgado este martes, fue de 2-1, con un decisivo voto del juez cubanoamericano Adalberto Jordan para inclinar el resultado. El disentimiento fue del juez Andrew Lynn Brasher. El juez Jordan fue anteriormente profesor de la Escuela de Leyes de la Universidad de Miami y ejerció como juez federal del Distrito Sur de la Florida (1999-2012) antes de ser designado para el Tribunal de Apelaciones por el presidente Barack Obama.

La orden de la jueza Bloom, emitida en marzo de 2022, fue considerada un precedente histórico en relación con los casos interpuesto al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton, y determinaba que las cuatro líneas de cruceros, con sólidos vínculos comerciales en Miami, incurrieron en actividades turísticas prohibidas y actos de tráfico al emplear instalaciones del puerto de La Habana, confiscadas a la firma Havana Docks Corporation por el régimen de Fidel Castro.

Pero las compañías de cruceros habían apelado el veredicto de Bloom al Onceno Circuito de Atlanta, considerado una corte de perfil conservador. La apelación tomó una audiencia y varios testimonios bajo juramento durante 2023 y parte del presente año. Una declaración clave correspondió a Peter Kucik, exfuncionario de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro, quien argumentó largamente sobre el vasto poder del Presidente de Estados Unidos para establecer la política exterior sobre el embargo a Cuba.

“Después de una revisión del expediente y con el beneficio de los argumentos orales, sostenemos que el interés de propiedad limitado de Havana Docks había expirado, a los efectos del Título III, en el momento del presunto tráfico por parte de las líneas de cruceros. Por lo tanto, revocamos la sentencia a favor de Havana Docks”, dijo el veredicto del panel de jueces.

El tribunal de apelaciones consideró que los derechos de Havana Docks como usufructuario para explotar los muelles no fue nunca una “propiedad en pleno dominio” y cualquier ascendencia legal sobre la propiedad había expirado desde 2004, porque la concesión tenía una fecha de expiración en 99 años.

Havana Docks ocupaba una importante zona de operaciones en el puerto de La Habana, con tres muelles y varios edificios que le fueron expropiados tras la llegada de Fidel Castro al poder. 

El fallo revocatorio dejó abierta la posibilidad de que otros procedimientos legales puedan ser tomados contra Carnival respecto a reclamaciones basadas en una conducta que tuvo lugar entre 1996 y 2001.

El criterio mayoritario del panel se sustentó además en que el Título III de la Ley Helms-Burton establece que el tráfico sancionado debe estar en la «propiedad que fue confiscada», y no en la reclamación posteriormente certificada.

Al discrepar de la mayoría, el juez Andrew Lynn Brasher consideró que la jueza Bloom interpretó correctamente la ley al fallar a favor de Havana Docks, pues el tráfico de propiedad ocurre cuando el demandante es “propietario del derecho, no cuando habría sido propietario del bien confiscado”.

“A menos que y hasta que se paguen las reclamaciones de confiscación de propiedad de los ciudadanos estadounidenses, esas reclamaciones siguen existiendo y son exigibles según la Ley Helms-Burton”, argumento Brasher.

La decisión del Tribunal de Apelaciones constituye una victoria significativa para las compañías de cruceros y pone otra vez en solfa la viabilidad de las demandas de ciudadanos y compañías estadounidenses bajo la sombrilla de la Ley Helms-Burton.

El litigio fue entablado en 2019 por Mickael Behn, integrante de la familia dueña de Havana Docks, luego de que el presidente Donald Trump activara el Título III de la Ley Helms Burton para permitir que ciudadanos y firmas estadounidenses pudieran hacer reclamaciones por propiedades confiscadas por el régimen cubano.

Las opciones del demandante tras el fallo de este martes quedan reducidas a pedir una audiencia con el pleno de 12 jueces del Tribunal del Onceno Circuito o acudir a la Corte Suprema. Las posibilidades que el caso sea aceptado en la Corte Suprema son mínimas, según el criterio de expertos.

El bufete Colson Hicks Eidson, que representa al demandante, dijo que está considerando  los próximos pasos legales.

Un representante de la compañía Carnival dijo a Café Fuerte que estaban satisfechos con el fallo, pero declinó hacer comentarios sobre el proceso legal.

 Hasta el momento, ninguna de las más de 40 demandas presentadas al amparo de la Ley Helms-Burton ha llegado a juicio después de casi cinco años de implementado el Título III de la legislación, en mayo de 2019.

El gobierno cubano solo ha respondido ante los tribunales estadounidenses la reclamación presentada por la corporación Exxon Mobil por sus propiedades confiscadas en la isla. El pasado julio, una petición para desestimar la demanda fue rechazada por el Tribunal de Apelaciones de Washington DC.

En mayo de 2021 una familia estadounidense se anotó la primera victoria de una demanda similar tras llegar a un acuerdo de compensación con la multinacional franco-suiza LafargeHolcim por la utilización de propiedades confiscadas por el régimen cubano.

FALLO DEL TRIBUNAL DE APELACIONES DEL ONCENO CIRCUITO

TESTIMONIO DE PETER KUCIK, EX FUNCIONARIO DE OFAC

CATEGORÍAS
TAGS

COMENTARIOS