EEUU pone en vigor medidas para ampliar viajes, envíos de dinero y comercio con Cuba

EEUU pone en vigor medidas para ampliar viajes, envíos de dinero y comercio con Cuba

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Edificio del Departamento de Comercio de EEUU en Washington DC.

El gobierno de Estados Unidos emitió este jueves un compendio de medidas para facilitar los viajes, las remesas y el comercio con Cuba como parte del cambio de política anunciado por el presidente Barack Obama el pasado mes.

Las nuevas regulaciones abarcan una amplia gama de operaciones, desde los viajes y los envíos de dinero hasta la emisión de seguros, las telecomunicaciones y el apoyo a los pequeños negocios en la isla, siguiendo la pauta de la Casa Blanca para la normalización de las relaciones con Cuba.

El anuncio de los nuevos procedimientos financieros y legales para la relación con Cuba fue hecho conjuntamente por los departamentos de Comercio y del Tesoro, que modificaron sus respectivas regulaciones sobre el control de activos y exportaciones a la isla.

El paquete de medidas comprende 15 actividades o áreas identificadas como esenciales para el giro de la política estadounidense y  entrará en vigor este viernes 16 de enero, cuando aparecerán publicadas en el Registro Federal.

Facilitando operaciones con Cuba

Las medidas buscan facilitar los viajes a Cuba para fines autorizados y ampliar la prestación de servicios por parte de agentes de viaje y aerolíneas, aumentar los límites de remesas a Cuba, permitir el funcionamiento de instituciones financieras para abrir cuentas en Cuba y autorizar ciertas transacciones con ciudadanos cubanos que residen fuera de la isla.

“Creemos firmemente que el aumento de los viajes, el comercio y el flujo de información hacia y desde Cuba le permitirá a Estados Unidos avanzar en favor de nuestros intereses y en el mejoramiento de las condiciones de vida de los cubanos de a pie”, dijo en un comunicado Josh Earnest, portavoz de la Casa Blanca.

La implementación de las directivas administrativas se produce en vísperas de iniciarse en La Habana la primera ronda de conversaciones entre representantes de ambos países para normalizar los vínculos bilaterales. La reunión comenzará el próximo miércoles 21 de enero y la delegación estadounidense estará encabezada por Roberta Jacobson, subsecretaria de Estado para Asuntos Hemisféricos.

Las regulaciones anunciadas son las siguientes:

VIAJES

  • En las 12 categorías existentes de viajes autorizados por licencia específica será aplicada ahora una licencia general, sujeta a las condiciones de cada caso. Esto significa que las personas que cumplen las condiciones establecidas en la normativa no tendrán que solicitar una licencia para viajar a Cuba.
  • Estas categorías son: visitas familiares; asuntos oficiales del gobierno de Estados Unidos, de gobiernos extranjerosy de ciertas organizaciones intergubernamentales; actividad periodística; investigación y encuentros profesionales; actividades educativas; actividades religiosas; espectáculos públicos, clínicas, talleres, competencias atléticas y exposiciones; apoyo al pueblo cubano; proyectos humanitarios; actividades de las fundaciones privadas o institutos de investigación o educativos; exportación, importación o transmisión de  información o materiales informativos; y ciertas transacciones autorizadas de exportación.
  • Viáticos: La tasa impuesta previamente a los viajeros autorizados ya no se aplicará, y no hay límite específico de dólares en gastos autorizados. Los viajeros podrán realizar transacciones dentro de Cuba, incluyendo el pago de los gastos de manutención y la adquisición en Cuba de bienes para el consumo personal allí.
  • Además, se les permitirá a los viajeros de Estados Unidos utilizar las tarjetas de crédito y débito en Cuba.

SERVICIOS DE VIAJE

Las agencias de viajes y compañías aéreas estarán autorizadas a proporcionar servicios de viajes y transporte aéeo sin necesidad de una licencia específica de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC).

SEGUROS

Aseguradoras estadounidenses estarán autorizadas a dar cobertura para pólizas generales de seguro médico, de vida o de viaje para las personas que residen habitualmente en un tercer país y  que viajan a Cuba. Los servicios relacionados con la salud y los seguros de vida y de viaje continuará siendo permitidos para los viajeros estadounidenses autorizados a ir a Cuba.

IMPORTACION DE MERCANCIAS

Los viajeros de Estados Unidos podrán importar hasta $400 dólares en bienes adquiridos en Cuba para uso personal. Esto incluye no más de $100 en bebidas alcohólicas o tabaco.

TELECOMUNICACIONES

  • Con el fin de ofrecer servicios eficientes y adecuados de telecomunicaciones entre Estados Unidos y Cuba, una nueva licencia general de la OFAC facilitará el establecimiento de instalaciones comerciales de telecomunicaciones que unen terceros países y Cuba,  así como dentro de Cuba.
  • La exportación comercial de ciertos artículos que contribuyan a la capacidad del pueblo cubano de comunicarse con las personas dentro de Cuba, en Estados Unidos y el resto del mundo, serán autorizadas bajo una nueva excepción de licencia comercial (Apoyo al Pueblo de Cuba, SCP) sin necesidad de una licencia. Esto incluirá la venta comercial de ciertos dispositivos de comunicaciones, software, aplicaciones, hardware y servicios, y artículos para el establecimiento y actualización de los sistemas relacionados con las comunicaciones.
  • Servicios adicionales para las comunicaciones basadas en Internet y en relación con ciertas exportaciones y reexportaciones de artículos inherentes a la comunicación también serán autorizadas por la licencia general de la OFAC.

EQUIPOS DE COMUNICACION PARA CONSUMIDORES

  • Las ventas comerciales, así como las donaciones, de la exportación y reexportación de dispositivos de comunicaciones que permiten el flujo de información a partir de y entre el pueblo cubano -tales como computadoras personales, teléfonos móviles, televisores, dispositivos de memoria, dispositivos de grabación y software de consumo- se autorizarán bajo la categoría de excepción de Dispositivos de Comunicación para Consumidores (CCD) en lugar de las licencias que se requieren actualmente.

SERVICIOS FINANCIEROS

  • Se permitirá a las instituciones estadounidenses abrir y mantener cuentas ordinarias en entidades financieras de Cuba para facilitar el procesamiento de las transacciones autorizadas.
  • Instituciones financieras estadounidenses estarán autorizadas a enrolar clientes y procesar transacciones con tarjeta de crédito y débito para los viajes y otras operaciones autorizadas. Estas medidas mejorarán la velocidad y la eficiencia de los pagos autorizados entre Estados Unidos y Cuba.

REMESAS

  • Los límites a las remesas generales para los nacionales cubanos, que no sean ciertos funcionarios gubernamentales y del Partido Comunista de Cuba a quienes está prohibido enviarlas, se incrementar’án de $500 a $2.000 por trimestre.
  • Ciertas remesas a ciudadanos cubanos para proyectos humanitarios y de apoyo al pueblo cubano, así como para el desarrollo de las empresas privadas serán generalmente autorizadas sin limitación. Estas licencias generales permitirán remesas para proyectos humanitarios relacionados con Cuba y que están diseñados para beneficiar directamente al pueblo cubano a través de actividades de organizaciones de derechos humanos, organizaciones independientes diseñadas para promover una transición rápida y pacífica a la democracia, y las actividades de individuos y organizaciones no gubernamentales que promueven la actividad independiente con la intención de fortalecer la sociedad civil en Cuba; y para apoyar el desarrollo de las empresas privadas, incluidas las pequeñas granjas.
  • Los viajeros autorizados podrán llevar con ellos $10,000 en remesas familiares, remesas periódicas, remesas a organizaciones religiosas en Cuba y remesas a los estudiantes en Cuba en virtud de una licencia educacional
  • Bajo una licencia general ampliada, las instituciones bancarias, incluidos los intermediarios o agentes de valores y los transmisores de dinero registrados en Estados Unidos, podrán procesar las remesas autorizadas a Cuba sin tener que solicitar una licencia específica.

EFECTOS EN TERCEROS PAÍSES

  • Entidades controladas o en propiedad estadounidense en terceros países, incluidos los bancos, serán autorizadas para proveer bienes y servicios a particulares de nacionalidad cubana  radicados fuera de Cuba, siempre que la transacción no implique una exportación de bienes o servicios comerciales hacia o desde Cuba.
  • La OFAC autorizará de manera general el desbloqueo de cuentas de los nacionales cubanos que se han trasladado permanentemente fuera de Cuba.
  • La OFAC está emitiendo una licencia general que autorizará las transacciones relacionadas con conferencias y eventos en terceros países adonde asistan nacionales cubanos.
  • Además, una licencia general se autorizará a embarcaciones extranjeras a ingresar a Estados Unidos después de participar en determinadas operaciones comerciales en Cuba.

CRECIMIENTO DE PEQUEÑOS NEGOCIOS

  • Ciertos proyectos de microfinanciación y formación empresarial y de negocios para operaciones comerciales y agrícolas privadas, serán autorizadas.
  • Además, se permitirán las importaciones comerciales de ciertos productos independientes producidos por empresarios cubanos y sus servicios, según lo determinado por el Departamento de Estado, de acuerdo con una lista que se publicará en su sitio digital.

EFECTIVO “POR ADELANTADO”

La interpretación reglamentaria de “efectivo por adelantado” se está redefiniendo de “dinero en efectivo antes del envío” por “dinero en efectivo antes de la transferencia de la titularidad y el control de”  para ampliar la financiación del comercio autorizado con Cuba.

EN APOYO A LAS RELACIONES DIPLOMATICAS Y LOS NEGOCIOS OFICIALES DE EEUU

  • El Presidente anunció el restablecimiento de las relaciones diplomáticas con Cuba. Para facilitar este proceso, la OFAC está añadiendo una licencia general que autoriza las transacciones con misiones oficiales cubanas y sus empleados en Estados Unidos.
  • Además, en un esfuerzo por apoyar a importantes intereses del gobierno Estados Unidos, una licencia general ampliada autorizará las transacciones relacionadas con Cuba por parte de empleados, beneficiarios y contratistas del gobierno de Estados Unidos, gobiernos extranjeros y ciertas organizaciones internacionales en su capacidad oficial.

APOYO AL PUEBLO DE CUBA

  • Las exportaciones y reexportaciones buscan proporcionar apoyo al pueblo cubano en tres áreas: el mejoramiento de las condiciones de vida y el apoyo a la actividad económica independiente; el fortalecimiento de la sociedad civil; y el mejoramiento de las comunicaciones. Serán elegibles en virtud de excepción de licencia SCP, del Departamento de Comercio.
  • Para mejorar las condiciones de vida y apoyar la actividad económica independiente. mediante la excepción SCP, autorizará: (1) los materiales de construcción, equipos y herramientas para el uso del sector privado en la construcción o renovación los edificios de propiedad privada, incluyendo residencias privadas, empresas, lugares de culto, y la construcción en el sector privado para uso social o recreativo; (2) las herramientas y equipos para la actividad agrícola privada; y (3) herramientas, equipos, suministros e instrumentos para uso de los empresarios del sector privado.
  • Para fortalecer la sociedad civil, la SCP autorizará la exportación y reexportación de artículos donados y su exportación temporal y reexportación de artículos para su uso en actividades científicas, arqueológicas, culturales, ecológicas, educativas, de preservación histórica, o deportivas, los cuales podrán ser llevados por los viajeros a Cuba. LA SCP también autorizará la exportación y reexportación con destino a las organizaciones de derechos humanos, individuos u organizaciones no gubernamentales que promueven la actividad independiente con  la intención de fortalecer la sociedad civil.
  • Los viajeros también podrán exportar temporalmente artículos para su uso en la investigación profesional o campo de estudio, a tiempo completo, bajo la SCP. Las actividades o investigación no deben estar relacionadas con los elementos o artículos controlados por razones confidenciales en la Lista de Municiones de Estados Unidos, o en la Lista de Control de Comercio de Estados Unidos.
  • Para mejorar las comunicaciones, la SCP autorizará la exportación y reexportación de artículos para el uso por parte del personal de los medios de comunicación y agencias de noticias de Estados Unidos.
  • La SCP no autorizará la exportación de artículos en la Lista de Control de Comercio por razones de confidencialidad como la seguridad nacional, la proliferación nuclear, la estabilidad regional, la tecnología de misiles, y otros motivos de sensibilidad similar.

PAQUETES DE REGALO

Envíos conjuntos de paquetes serán elegibles bajo la misma excepcion de licencia de comercio que autoriza el envío de paquetes individuales.

LIBERALIZACION DE POLITICA DE REVISION PARA SOLICITUDES DE LICENCIAS

El Departamento de Comercio  establecerá una política general de aprobación de solicitudes de exportación o reexportación de artículos necesarios para la protección del medio ambiente o el mejoramiento de las costas, el agua y el aire de Estados Unidos y de regiones internacionales (incluyendo artículos que mejoran la calidad del medio ambiente a través de la eficiencia energética).

Fuente: Departamento de Estado

Traducción: CaféFuerte

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