Documento: Aviso sobre viajes a Cuba

Documento: Aviso sobre viajes a CubaPor Redacción CaféFuerte

Estados Unidos advirtió este lunes que la flexibilización para viajes educativos y culturales de ciudadanos norteamericanos a Cuba no puede interpretarse como una promoción del turismo hacia la isla.

La Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro salió al paso a “interpretaciones erróneas aparecidas en los medios de comunicación” en las cuales se sugiere que a partir del restablecimiento de la política de contactos-pueblo-a-pueblo, los estadounidenses podrían viajar practicamente sin restricciones al país vecino.

“Las actividades autorizadas a los grupos de contacto-pueblo-a-pueblo no son actividades turísticas”, afirmó la OFAC en un comunicado.

La reacción gubernamental se produce días después que la congresista cubanoamericana Ileana Ros-Lehtinen, presidenta del Comité de Relaciones Exteriores de la Cámara de Representantes, solicitara al Departamento del Tesoro tomar medidas para impedir las operaciones de instituciones estadounidenses que estarían violando las prohibiciones vigentes sobre el turismo a la isla.

Ros-Lehtinen exhortó a las autoridades a aplicar debidamente los reglamentos establecidos para confrontar los esfuerzos de algunas entidades y agencias de viaje en socavar las leyes y promover la participación de ciudadanos estadounidenses en excursiones turísticas a Cuba.

“Es importante que la OFAC  refuerce las leyes norteamericanas referentes a los viajes a Cuba e imponga las penalidades correspondientes”, manifiestó la congresista en una carta enviada a Adam J. Szubin, director de la OFAC.

Tras el anuncio de la política de contacto-pueblo-a-pueblo, a comienzos de enero, numerosos paquetes para viajes a Cuba comenzaron a promoverse por instituciones y empresas turísticas estadounidenses. El Departamento del Tesoro comenzó a entregar las licencias en junio para la realización de viajes edujcativos, culturales y religiosos a la isla.

Está previsto que las primeras excursiones de estadounidenses  a Cuba en una década se produzcan a partir de agosto.

“La primera ola de puros turistas americanas en llegar a la isla”, según expresó la página digital TheNewStar.com.

Pero Ros-Lehtinen consideró oportuno rechazó las campanas al vuelo echadas por operadores turísticos y agencias de viaje, y pidió entonces al Departamento del Tesoro un esclarecimiento de la política vigente.

CaféFuerte reproduce a continuación el texto íntegro de la advertencia de la OFAC.

AVISO SOBRE VIAJES A CUBA

Fecha de emisión: 25 de julio del 2011

ASUNTO: Viajes a Cuba y grupos de contactos pueblo a pueblo

La Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos está consciente de interpretaciones erróneas aparecidas en los medios de comunicación sugiriendo que la política exterior de Estados Unidos, tal como se aplica por la OFAC, permite ahora viajes de grupos a Cuba, prácticamente sin restricciones, conformados por personas bajo  jurisdicción de Estados Unidos. A pesar de que la  OFAC modificó el Reglamento de Control de Activos Cubanos (31 CFR Parte 515), en enero de 2011, a favor de ampliar la concesión de licencias de viaje a Cuba para fines específicos, el Reglamento modificado todavía contiene importantes restricciones a los viajes.

Ahora la OFAC específicamente otorga licencias a organizaciones que patrocinan y organizan ciertos programas de intercambio educativo para promover el contacto con el pueblo cubano (“People-to-People Groups”), siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Sección 515.565 (b) (2) del Reglamento y las regulaciones de la OFAC. Cualquier persona interesada en viajar a Cuba debe revisar los reglamentos y regulaciones generales de la OFAC a la hora de solicitar licencia para realizar viajes y transacciones relacionadas con Cuba (Guía de Aplicación disponible en www.treasury.gov/resource-center/sanctions/Programs/Documents/cuba_tr_app.pdf), con el propósito de determinar si sus propuestas relacionadas con los viajes y transacciones son o podrían ser autorizadas bajo esta o cualquier otra categoría de licencia de viaje. Como se indica en la Guía de Aplicación, la OFAC sólo concede licencias a grupos de contacto-pueblo-a-pueblo que certifiquen que todos los participantes tendrán un horario a tiempo completo con actividades de intercambio educativo que redunden en una interacción significativa entre los viajeros y las personas en Cuba.  Las actividades autorizadas a los grupos de contacto-pueblo-a-pueblo no son “actividades turísticas” bajo la Ley de Reforma de Sanciones Comerciales y de Fomento de las Exportaciones del 2000,  la cual prohíbe conceder licencias relacionadas con viajes y transacciones con fines turísticos.

Los potenciales viajeros deben saber que un grupo de contacto-pueblo-a-pueblo con licencia de la OFAC debe poseer y poner a disposición de sus participantes información acerca de su licencia específica. Un grupo de contacto-pueblo-a-pueblo que use otra entidad para efectuar sus itinerarios de viaje sólo podrá utilizar los servicios de una agencia de viajes autorizada por la OFAC (que se enumeran en www.treasury.gov/servicios/Documentos/cuba_tsp.pdf) o una entidad ubicada fuera de Estados Unidos que no esté sujeta a la jurisdicción estadounidense.  Los agentes de viajes y operadores turísticos en Estados Unidos que no tienen una licencia de OFAC como proveedores no puede organizar excursiones, recaudar fondos, hacer arreglos de viaje, o participar en cualquier otro viaje a Cuba vinculado a transacciones de grupos de contacto-pueblo-a-pueblo o de viajeros autorizados.

Los viajeros autorizados para visitar Cuba están sujetos a los límites de gastos diarios y se les prohíbe el ingreso de souvenirs o de otros bienes cubanos en Estados Unidos, con excepción de información y materiales informativos.

Sanciones civiles y penales puede aplicarse como consecuencia de una violación de los reglamentos vigentes.  Para obtener más información acerca de las sanciones de la OFAC relacionadas con Cuba, puede comunicarse con:

OFICINA DE CONTROL DE BIENES EXTRANJEROS
Departamento del Tesoro de Estados Unidos
Washington, D.C. (202) 622-2490
Miami, FL (786) 845-2828 (Proveedores de Servicio de Viajes)
www.treasury.gov/ofac

Texto del Aviso de la OFAC (en inglés)

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